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Plan ayuda MIPYMES

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Plan ayuda MIPYMES

Revisa el plan impulsado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para ayudar a las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.

Revisa el plan impulsado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para ayudar a las pequeñas y medianas empresas de nuestro país.

Contexto General

El Presidente de la República promulgó el viernes 11 de junio dos leyes que incluyen bonos y beneficios tributarios para más de 820 mil micro y pequeñas empresas (MYPEs) que han resultado afectadas por la pandemia del Covid-19. Asimismo, se han incorporado serie de medidas complementarias para promover y facilitar la reactivación económica de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs).

Estas medidas implican la movilización de más de US$ 3.300 millones, y consisten en tres tipos de acciones:

1) Inyección de liquidez directa a las MYPEs a través de bonos.
2) Medidas tributarias para flexibilizar y reducir temporalmente el pago de impuestos.
3) Otras medidas complementarias: modificaciones al Fogape para MYPEs, medidas para abordar las deudas provisionales asociadas a la Ley de Protección al Empleo (LPE), plan de capacitaciones de siglo XXI, suspensión de remates durante el 2021, Compras Públicas con foco Pyme, plazo de 48 meses para convenio de pago con Tesorería y Municipios sin multas ni intereses, discusión inmediata a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, entre otras medidas de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas.

El acceso y pago de los bonos será simple y expedito. El bono de alivio y el bono adicional variable, así como el incremento de 20% para mujeres, serán entregados en forma casi automática. Las MYPEs podrán acceder 15 días corridos luego de publicada esta ley a la página del Servicio de Impuestos Internos y sabrán inmediatamente si recibirán el bono. Luego, en menos de 20 días, estos serán depositados en las cuentas de las MYPEs.

Definiciones:

• MYPEs: micro y pequeñas empresas, con ventas anuales inferiores a UF 25.000.
• PYMESs: micro, pequeñas y medianas empresas, con ventas anuales inferiores a UF 100.000.
• Son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las UF 2.400 en el último año calendario.
• Son pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a UF 2.400 y no exceden de UF 25.000 en el último año calendario.
• Son medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a UF 25.000 y no exceden las UF 100.000 en el último año calendario.